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Curso de Contabilidad

A continuación voy a comentar las condiciones de aplicabilidad y las diferencias que presentan estas disposiciones en relación con el PGC para Pymes.

 

Condiciones de aplicabilidad:

 

Una empresa podrá adoptar las disposiciones específicas para las microempresas recogidas en el RD 1515/2007 (PGC PYMES), si cumple dos de los tres requisitos siguientes durante dos ejercicios consecutivos:

 

  • El total del activo no supere la cifra de 1.000.000 de euros.
  • Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 2.000.000 euros.
  • El número medio de trabajadores durante el ejercicio no sea superior a 10.

 

De forma análoga a lo establecido en el PGC para Pymes, la opción adoptada por la empresa deberá mantenerse durante un periodo mínimo de 3 años.

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Diferencias que presenta en relación al PGC para Pymes:

 

Hay SOLO 2 diferencias en relación con el PGC para Pymes. Estas diferencias se detallan a continuación:

1.- En las operaciones de arrendamiento financiero (leasing), se trata el leasing como un arrendamiento operativo, lo que implica que:

  • Se consideran las cuotas netas como gasto.
  • Se considera la opción de compra como valor del activo.
  • La amortización se realiza de acuerdo con la vida útil restante.
  • En el caso de bienes no amortizables, se contabilizará de acuerdo con el PGC para Pymes.
  • A excepción de los terrenos, los solares u otros activos no son amortizables.
  • Se debe incluir la información relativa a cada contrato de leasing en la Nota 5, Inmovilizado material, intangible e inversiones inmobiliarias de la memoria, de acuerdo con el modelo siguiente:

 

 

Año

Cuota del acuerdo de arrendamientoCompromisos pendientes
Recuperación del costeCarga financiera
1

n

   

 

 

  • Se utilizarán unas subcuentas específicas derivadas de la “621. Arrendamientos y cánones”:
    • “6210. Arrendamientos y cánones”
    • “6211. Arrendamientos financieros y otros”

 

 

2.- Se simplifica el reconocimiento del gasto por impuesto sobre beneficios, de manera que la contabilización se restringe al gasto por impuesto corriente, de manera que:

 

  • Los ajustes que conforman el gasto por impuesto diferido se deben explicar en la Nota 9. Situación fiscal de la memoria.
  • Se utiliza únicamente la cuenta “ Impuesto corriente” para la contabilización del gasto por impuesto sobre beneficios por la cuota liquida.

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